Medidas excepcionales en relación con la campaña agrícola 2021en la Comunidad Autónoma de Aragón

Os informamos de la Orden con las medidas excepcionales arriba descritas, cuyo objeto es establecer medidas obligatorias aplicables a la campaña agrícola 2021, en explotaciones con de trabajadores temporales agrícolas, en especial para recolección de fruta dulce, aclareo, y embolsado de frutos de árbol.

MEDIDAS PREVENTIVAS

Serán de obligado cumplimiento para los empresarios, empleadores y trabajadores temporales agrícolas, en el desarrollo de la campaña agrícola 2021, las medidas contenidas en la Guía para la prevención y control del coronavirus, en las explotaciones agrícolas, publicada como anexo I de esta Orden.

ACTUALIZACIÓN DE LAS MEDIDAS

Las medidas de la guía podrán actualizarse mediante Resolución de la Dirección General de Salud Pública del Departamento de Sanidad, a iniciativa propia o a propuesta de la Dirección General de trabajo o de la Dirección General de Innovación y Promoción Agroalimentaria

DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL TITULAR DE LA EXPLOTACIÓN

Todos los responsables de la PAC o titulares de explotaciones inscritas en el REGEPA, con plantaciones de extensión total superior a una hectárea, están obligados a presentar declaración responsable que debe identificar las superficies de frutales y previsiones de producción y contratación laboral. Además de declarar que el trabajador dispone de un alojamiento adecuado y de las medidas de prevención y control de la Guía indicada. El trabajador deberá llevar una declaración responsable, proporcionada por el empleador y suscrita por ambos conforme al modelo del anexo II de esta orden.

PLAZO DE PRESENTACIÓN

Las declaraciones se deberán presentar en el plazo máximo de un mes desde el día 19 de febrero de 2021. En caso de que se modifiquen las circunstancias previstas, deberá presentarse una nueva solicitud.